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“La reparación a un Testigo de Jehová era impensada para Argentina”

Tiempo de lectura: 11 minutos

Todo empezó hace 26 años, cuando los abogados Sonia Casale y Ernesto Moreau decidieron tomar la causa de los Testigos de Jehová como propia y dedicarse al estudio y defensa de sus casos. Su primer acercamiento a los hechos fue a través de un primo de Ernesto, quien le comentó sobre 30 casos de detención de miembros de la comunidad en Córdoba que querían presentarse ante la Justicia para relatar el tratamiento y la persecución sufrida durante la última dictadura militar. Esto fue solo la punta del iceberg, animando a otros que habían permanecido en silencio y anonimato a compartir sus vivencias.

Con el avance de la investigación, los letrados se encontraron ante casos complejos pero nobles. Durante la dictadura, los Testigos de Jehová fueron tratados como presos políticos por la Justicia, a pesar de que su fe les impide ser partidarios. “Tenían el mandato de cumplir ante la ley y presentarse si eran convocados, no solo por un deber moral, sino también por lo que su propia fe les inculcaba. Si hubieran sido desertores, no les hacían Consejo de Guerra, sino que pasaban a ser tratados por la Justicia Federal”, explica Sonia. Desde el fallecimiento de Ernesto en 2021, ella ha continuado con las causas junto a su hija, Nicole, en el estudio jurídico que fundaron, “Casale-Moreau”, el cual recibió el patrocinio de la APDH (Asamblea Permanente de Derechos Humanos).

Sonia detalla que en los Consejos de Guerra se les hacían interrogatorios sobre su fe y organización. Además, la Iglesia Católica también se ensañó con la comunidad, y circulaban textos del Vicariato Castrense que los consideraban peores que los comunistas. Las condenas incluían inhabilitación absoluta y perpetua, lo que se conoce como “muerte civil”; muchas personas ni siquiera aparecían en los registros tras el retorno de la democracia en 1983.

Campo de Mayo. Imagen: Gustavo Molfino.
Campo de Mayo. Imagen: Gustavo Molfino.

La situación se tornaba aún más grave cuando, al mencionar que eran Testigos de Jehová, los separaban y les imponían un uniforme militar para que se negaran, lo que agravaba su prisión preventiva. A las familias no se les avisaba sobre el destino de los traslados, convirtiéndose en desaparecidos. En los Consejos de Guerra, los defensores oficiales, que eran militares, recomendaban a los acusados no defenderse y declararse culpables. Los pocos defensores que intentaron una defensa real eran sancionados por los militares.

En 1998, el abogado Alejandro González Gattone reveló un alarmante caso de violación a los derechos humanos relacionado con la persecución de Testigos de Jehová, quienes enfrentaron torturas y largas condenas por tribunales militares. A pesar de más de mil solicitudes de reparación presentadas a la Subsecretaría de Derechos Humanos, estas fueron desestimadas.

Ernesto Moreau se unió a González Gattone en Córdoba, donde recogieron testimonios de 50 víctimas que relataron experiencias de sufrimiento extremo. Estos relatos evidenciaron patrones de discriminación y tortura sistemática. En 1999, Sonia Casale se sumó al esfuerzo, recopilando 380 nuevos casos que mostraron un esquema de persecución basado en la fe religiosa.

A pesar de los obstáculos legales, como el caso Arcuri, en el que la Corte Suprema rechazó un reclamo por la condición de conscripto, la lucha por la justicia continuó. En 2004, se permitió abrir pruebas en un caso emblemático, lo que aumentó la visibilidad de la persecución sufrida. En 2006, el contexto político comenzó a favorecer la reparación histórica, reconociendo la persecución a los Testigos de Jehová como un crimen de lesa humanidad.

Las conclusiones de un congreso de derechos humanos en 2004 y la atención de altos funcionarios del gobierno reflejan un compromiso creciente hacia la justicia y reparación de las víctimas. A medida que se acumulan pruebas documentales, la lucha por el reconocimiento y la reparación sigue siendo un tema relevante en el ámbito de los derechos humanos en Argentina.

¿Cuáles eran las principales dificultades de defender estos casos?

Las víctimas eran entendidas estrictamente como víctimas partidarias políticas, y ellos son apolíticos. La objeción de conciencia es un concepto político y no partidario. Por eso también costaba trabajar con ellos y que se reconozcan como víctimas. Iban y declaraban porque entendían que era lo que correspondía frente a la autoridad. La reparación a un Testigo de Jehová era un caso impensado para la Argentina, que se presentaba porque quería cumplir con la ley de convocatoria, pero a la vez su conciencia le planteaba que no podía empuñar un arma, vestirse de verde, y no podía prepararse para matar a otro ser humano. A la vez, la Asociación de Testigos de Jehová fue neutral, no se involucró en los casos que se presentaron ante la Justicia, a pesar de que sí dio apoyo personal a las familias de las víctimas de la comunidad. Esto fue por motivo de no quedar pegados a una causa partidaria, que va contra sus principios. El tratamiento de las causas se hizo de manera muy silenciosa y personal.

¿Cuántos casos se tramitan en la actualidad y cómo repercutieron las políticas de Estado en las últimas décadas para que los miembros de la comunidad se animen a contar sus detenciones y lo que habían visto en centros clandestinos?

Los casos fueron apareciendo de forma paulatina, porque primero se negaban a hacer un reclamo y a presentarse, y además porque se sabía que eran casi imposibles de ganar. Inclusive muchos defensores de derechos humanos y colegas decían que eran casos súper interesantes, pero imposibles de que la Justicia los reconociera.

En 1998 contabilizamos 350 casos y después hubo leyes ampliatorias que nos permitieron seguir presentando más, como la ley n° 24.043, o la 25.564, que extiende el periodo atrás y abarca las detenciones que hubo desde el golpe a (Juan Domingo) Perón, desde 1955 en adelante, sobre todo durante el gobierno de (Juan Carlos) Onganía. Esta ley permitió enjuiciar a los fusilados de José León Suárez y al bombardeo de Plaza de Mayo, por ejemplo. En 2006 sumamos 520 casos y hoy patrocinamos aproximadamente 700, de los cuales 100 todavía no se resolvieron.

El Fiat G-222 que se usó en los vuelos de la muerte desde Campo de Mayo. Imagen: Gustavo Molfino.
El Fiat G-222 que se usó en los vuelos de la muerte desde Campo de Mayo. Imagen: Gustavo Molfino.
¿Cuáles fueron los principales aportes de estos testimonios cuando iniciaron los juicios por el proceso de la Memoria, Verdad y Justicia?

Ellos eran los únicos testigos vivos de detenciones ilegítimas en Campo de Mayo, una causa en la que yo trabajé y casi donde no hay sobrevivientes. Entonces, los testigos pasaban por un lugar que aún hoy no está demarcado, que era “Las Chapas”. Y es que, cuando vino la Comisión Interamericana, los militares desarmaron ese lugar, y a ellos los mandaron a limpiarlo. Relatan que allí encontraron cartas y escritos con dedos de sangre en la pared. Cerca estaba el sector de la maternidad clandestina; vieron muchas mujeres embarazadas y adultas mayores. Algunos recalcaron que sufrieron violaciones, amputaciones de dedos y muchas atrocidades más.

¿Cuál fue el primer caso ganado que sirvió como puntapié para que la Justicia le diera lugar a estas causas y las incluyera en las leyes de reparación?

El primer caso de reparación que ganamos ante la Corte Suprema, y que fue reconocido sin juicio en sede administrativa, fue el de Marcelo Guagliardo durante la gestión de Gustavo Bellis. Durante su gobierno, Néstor Kirchner se interesó especialmente por los casos de Testigos de Jehová y pidió un abogado especialista en eclesiástico, Waldo Villalpando, que era conocido de Ernesto de la APDH. Néstor incorporó a los Testigos al Plan Nacional contra la Discriminación y los ubicó como víctimas en uno de los capítulos de la ley. Paradójicamente, en el gobierno de Cristina, Aníbal Fernández rechazó el siguiente caso, el de Mario Dree, y nosotros lo llevamos a la Corte Suprema, donde en 2011 lo ganamos tomando como referencia el estudio del caso Arcuri que había presentado y defendido la abogada.

¿En que se diferenció el caso Arcuri que les sirvió como estudio para argumentar la defensa de Mario Dree?

Pudimos trabajar sobre tres ejes importantes. Primero, la discriminación: los Testigos son seminaristas, es decir, que todos los que integran la religión son ministros que asumen un ministerio. En la religión católica, a los seminaristas se los exime del servicio militar, y no sucedió lo mismo con los Testigos de Jehová. Además, durante la dictadura, Videla emitió un decreto en el que los considera como una secta, los persigue y cierra los Salones del Reino, que son los lugares de culto.

El segundo eje que tomamos es que fue sistemático; no fueron solo esos 30 casos en Córdoba, ya que toda persona que manifestaba que profesaba esa religión era detenida cuando se presentaba como objetor de conciencia ante la ley. El tercer eje fue que ellos no se presentaban a hacer el servicio militar, sino que se presentaban a objetar. Entonces, la Corte reconoció que Dree nunca había tomado estado militar, y eso le permitió acceder a la ley reparatoria, que excluye a los militares. Esto lo aclaro porque Arcuri, junto con los otros 30 casos que había defendido, quedaron fuera de la ley reparatoria porque consideraron que había hecho la conscripción y tenía estado militar. Acá hubo mucha discusión porque se dice que, cuando haces la instrucción de 45 días, recién ahí tomás el estado militar.

¿Hubo un antes y un después de ganar este juicio?

Después de ganar este caso, la doctora que había perdido el caso Arcuri se acercó y nos dijo a Ernesto y a mí: “Tengo estos 30 casos que perdí en la Corte Suprema de Justicia; fíjense qué pueden hacer por estos muchachos”. Pensar en revisar un fallo de la Corte es imposible desde lo jurídico, pero también es la misma situación. Hay un principio de igualdad ante la ley, por lo que también debían ser revisados, aunque procesalmente no podía. Entonces, los tomamos y agrandamos el equipo; fue un periodo de un trabajo exhaustivo. 

Me acuerdo de Vanessa Vázquez, una estudiante a punto de recibirse que venía llorando después de leer los expedientes. Además, teníamos miedo de que los robaran, porque había un sector de la Secretaría de Derechos Humanos de aquel momento que discriminaba a los Testigos de Jehová. Muchos eran ex presos políticos que decían: “A ellos no les corresponde porque no son militantes”. Pero la ley no establece militantes, sino detenciones ilegítimas. Fueron años difíciles de esta construcción colectiva. En esa época, Ernesto logró incorporar a los Testigos de Jehová en el Plan contra la Discriminación y les hizo un homenaje a todas las víctimas religiosas de la dictadura. Recién volvimos a ganar un caso en 2014.

¿La detención y tortura a los miembros de la comunidad fue un comportamiento sistematico y masivo?

La detención de Testigos de Jehová por objeción de conciencia fue algo que se dio en todo el país. En todos los distritos militares donde se presentaba un Testigo para cumplir con la ley, el protocolo era el mismo: lo separaban de la fila y, en algunos casos, se ensañaban, los insubordinaban frente a la tropa o los obligaban a ponerse el uniforme y jurar a la bandera. Al negarse, la pena de prisión era el doble. 

El promedio de permanencia en prisión era de 3 o 4 años. En el sur del país, esta práctica fue más aguda porque toda esta zona estaba más involucrada con el conflicto diplomático con Chile y, después, con Malvinas. Como los Testigos tenían esta neutralidad, se los tildaba de apátridas y antinacionalistas. Una de las prácticas usuales hacia este grupo era obligarlos a utilizar el uniforme militar; como ellos se negaban, los dejaban desnudos en temperaturas extremadamente bajas.

A partir de la asunción de Alfonsín en 1983, ¿Qué sucedió con los miembros de la comunidad que hasta ese entonces estaban detenidos como presos políticos?

Durante el gobierno de Alfonsín, muchos continuaron detenidos por pretensiones políticas. Las personas que estaban detenidas sin Consejo de Guerra fueron liberadas, pero aquellas que tenían una pena continuaron bajo la justicia castrense y cumplieron hasta el año 86. Esto fue problemático porque las leyes reparatorias contemplaban los casos previos al 9 de diciembre del 83, es decir, hasta que asumió Alfonsín. A las personas que continuaron apresadas solo se les reconoció una recomposición económica por los días que estuvieron presos durante la dictadura. Si la persona era apresada en democracia bajo el mismo protocolo, tampoco se les reconocía nada. En esa época, registramos aproximadamente 200 casos más.

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